|
El Acolitado |
Es alentador observar en misa la figura de los acólitos:
niños o niñas que con un vestido apropiado asisten al
sacerdote en misa: le ayudan con el misal, las ofrendas,
el lavatorio de las manos y portando la charola de
la comunión.
Hago la aclaración de que en este artículo
no me referiré a estos acólitos, sino a los varones
que reciben el ministerio del acolitado. Para hacer una diferencia
entre estas dos personas, el mismo Juan Pablo II ha
utilizado la palabra monaguillo al referirse a esos niños y
niñas que ayudan al sacerdote en el altar.
El acolitado pertenece
a los ministerios de la Iglesia. ¿Qué son y cuándo
nacieron estos ministerios?
Con el fin de dar a Dios el
culto debido y prestar un servicio adecuado al pueblo de
Dios la Iglesia estableció desde tiempos remotísimos algunos ministerios según
los cuales se confiaba a los fieles ejercer oficios en
la liturgia y en la caridad, acomodados a los diversos
tiempos y circunstancias.
Algunos de estos cargos más estrechamente ligados con
la liturgia, es decir con el culto divino, fueron poco
a poco tenidos como instituciones previas a la recepción de
las órdenes sagradas, concretamente al sacerdocio o presbiterado. De esta
manera el ostariado, el lectorado, el exorcistado y el acolitado
se consideraron en la Iglesia como órdenes menores en relación
con el diaconado, al presbiterado y al episcopado, que fueron
denominadas órdenes mayores. Por regla general se tenía que para
llegar al diaconado se debía pasar antes por las órdenes
menores.
Sin embargo el Papa Paulo VI, en consonancia con el
espíritu del Concilio Vaticano II hizo una revisión de estas
órdenes menores y realizó las siguientes adaptaciones:
Las órdenes que
hasta ahora se llamaban menores, en lo sucesivo se deben
llamar ministerios.
Los ministerios pueden confiarse a fieles laicos, y
no se considerarán reservados únicamente para los aspirantes al sacramento
del Orden sacerdotal.
Los ministerios que se han de
conservar en toda la Iglesia, adaptados a las necesidades actuales
serán el de lector y el de acólito.
En armonía con la tradición de la Iglesia la institución
de lector y de acólito está reservada a los varones.
Los ministerios son conferidos por el Obispo mediante el rito
litúrgico de la institución de lector y de la institución
de acólito.
Para los que van a recibir el diaconado
y el sacerdocio, deben recibir los ministerios de lector y
acólito y ejercerlos durante un tiempo adecuado, para disponerse mejor
a los futuros oficios de la Palabra y del Altar.
Estas
mismas disposiciones quedaron recogidas en el Código de Derecho Canónico,
en el canon 230 donde establece lo siguiente: “Los varones
laicos que tengan la edad y las condiciones determinadas por
la Conferencia Episcopal pueden ser llamados para el ministerio estable
de lector y acólito, mediante el rito litúrgico prescrito; sin
embargo la colación de esos ministerios no les da derecho
a ser sustentados o remunerados por la Iglesia.”
De esta manera
la Iglesia establece una clara diferencia entre ministerio y sagradas
órdenes. Los laicos que por llamado y disponibilidad especial quieran
ayudar a la Iglesia en el servicio de la Palabra
y del Altar, lo pueden hacer, sin dejar su condición
de laicos, a través del ministerio permanente de lectorado y
acolitado. También lo podrán hacer a través del diaconado permanente,
pero siendo éste no ya un ministerio sino una órden
sagrada, aunque sin dejar su estado laical.
Las funciones de un
acólito son:
Cuidar del servicio del altar.
Ayudar
al diácono y al sacerdote en las acciones litúrgicas, especialmente
en la celebración de la Misa.
Distribuir la sagrada comunión
como ministro extraordinario de la comunión, según las condiciones establecidas
para ello.
En idénticas condiciones podrá exponer públicamente el
Santísimo Sacramento de la Eucaristía a la adoración de los
fieles y podrá luego reservarlo, pero no puede dar la
bendición.
Puede además instruir a los fieles que ayudan
en las acciones litúrgicas como son las de llevar el
Misal, la cruz, los cirios u otras funciones similares.
Fuente: Catholic.net
|
|
0 comentarios:
Publicar un comentario